Ir al contenido

Criterios de activo

Qué compramos.

Dos categorías con criterios distintos: activos urbanos en las 11 ciudades del piloto y activos rurales desde 1.000 hectáreas, en cualquier punto de Paraguay. Presentar un activo fuera de esos criterios no es un rechazo: la solicitud se registra y se revisa, pero no se presenta como elegible de forma automática.

Cobertura urbana

Las 11 ciudades del piloto.

Capital · 1

  • Asunción

Esta lista sólo gobierna los activos urbanos. Los rurales no dependen de ella: se evalúan en cualquier punto del país, con el mínimo de superficie de más abajo.

Gran Asunción · 10 municipios

  • Capiatá
  • Fernando de la Mora
  • Lambaré
  • Limpio
  • Luque
  • Mariano Roque Alonso
  • Ñemby
  • San Antonio
  • San Lorenzo
  • Villa Elisa

Es la cobertura comercial del piloto, no una definición jurídica. «Gran Asunción» no tiene una única definición legal en Paraguay, y distintas fuentes incluyen municipios distintos. Esta lista no afirma cuál es el área metropolitana: dice a qué ciudades llega Meridiano hoy. Meridiano puede modificarla, y esta página muestra siempre la lista vigente.

Presentar un activo de otra ciudad no es un rechazo. La solicitud se registra y se revisa; lo que no hace es presentarse como elegible de forma automática. Y declarar una ciudad de la lista produce una elegibilidad preliminar: no es una aprobación ni una afirmación definitiva sobre el activo.

Activos urbanos

Dónde: las 11 ciudades de arriba.

En el formulario se elige la ciudad; esa declaración produce la elegibilidad preliminar y queda registrada tal como se declaró.

Tipos que se aceptan · 15

  • Terreno
  • Casa
  • Departamento
  • Edificio
  • Oficina
  • Local comercial
  • Depósito
  • Activo industrial
  • Hotelero
  • Desarrollo
  • Inmueble con renta
  • Propiedad para reconversión
  • Cartera urbana
  • Activo de empresa
  • Otro activo urbano

Activos rurales

Dónde: cualquier punto de Paraguay.

Superficie mínima: 1.000 hectáreas

El umbral es inclusivo: 1.000 hectáreas entran. El criterio se lee «desde 1.000 ha», no «por encima de 1.000 ha»: un activo de exactamente 1.000 hectáreas cumple la superficie mínima.

Por debajo de 1.000 hectáreas la solicitud no se elimina: se conserva con un estado propio —fuera del alcance actual— y no inicia ningún plazo. Si el alcance cambia, esas solicitudes siguen registradas para revisarse.

Tipos que se aceptan · 8

  • Agrícola
  • Ganadero
  • Forestal
  • Mixto
  • Tierra productiva
  • Tierra con potencial de desarrollo
  • Cartera rural
  • Otro rural